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Modificaciones fiscales y laborales para el segundo semestre de 2012

 07 Ago, 2012

Modificaciones fiscales y laborales para el segundo semestre de 2012

Es de vital importancia estar al tanto de las diferentes modificaciones fiscales y laborales para asegurar el correcto cumplimiento de las obligaciones.

Desde los Departamentos Fiscal y Laboral de H&H ASESORES queremos hacer llegar un resumen simplificado de lo que estas reformas implican, respecto de la anterior normativa (ver cuadro comparativo adjunto en PDF).

Accede al archivo para ver las modificaciones de las medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. El RDL 20/2012 entró en vigor al día siguiente de su publicación.

Contenido del archivo:

  1. Impuesto en el valor añadido
  2. Impuesto sobre sociedades
  3. Tributo sobre la renta de las personas físicas
  4. Impuestos especiales

MODIFICACIONES RDL 20/2012 – ÁMBITO LABORAL

1. Bonificaciones

– Incentivos a la Contratación indefinida

-A la contratación temporal

-Transformación de contratos indefinidos en contratos temporales

-Trabajadores autónomos

-Otros incentivos

2. Recargo por mora o retraso en el abono de cuotas a la Seguridad Social

Antes y después de la reforma

3. Dejan de estar excluidas de cotización a la seguridad social:

-Cantidades que se abonen en concepto de quebranto de moneda,
desgaste de útiles o herramientas y adquisición de prendas de
trabajo.

-Productos en especie concedidos voluntariamente por las empresa

-Percepciones por matrimonio

 

Silvia Raposo
Escrito por

Silvia Raposo

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Sí: sobre todo a los autónomos societarios de las empresas que asesoramos, pero también a autónomos que necesitan un asesoramiento muy personalizado.

Por supuesto: esa es nuestra labor principal. Tener todo al día y asegurar el cumplimiento de las obligaciones de todas nuestras empresas.

La representación ante Hacienda, la Seguridad Social y la Inspección de Trabajo está normalmente incluida en el presupuesto de iguala, siempre que no requiera intervención letrada (en vía administrativa). Y si el asunto la requiere, contamos con equipo jurídico propio.

No: del traspaso nos encargamos nosotros y no suele suponer ningún problema para el cliente. Pedimos la documentación a tu asesoría anterior y tu actividad no se interrumpe en ningún momento.

Por supuesto: trabajamos con muchos clientes multinacionales, con matrices fuera de España, y nunca ha sido un problema. La documentación se intercambia en digital y las reuniones pueden ser por videoconferencia — o puedes reservar directamente una consulta online.
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