Laboral

Despido por las causas económicas del COVID19

 02 Nov, 2020

Despido por causas económicas

En el en actual contexto de crisis económica y sanitaria , muchos de nuestros clientes nos preguntan si pueden despedir o ser despedidos por causas económicas del covid19. Pero… ¿Es posible despedir en el contexto del COVID19?

 

Ya sabemos que el Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo prohibió claramente los despidos en el contexto de la crisis económica del Covid19, en su Art. 2:

“La fuerza mayor y las causas económicas, técnicas, organizativas y de producción en las que se amparan las medidas de suspensión de contratos y reducción de jornada (ERTES COVID), no se podrán entender como justificativas de la extinción del contrato de trabajo ni del despido”.

Sin embargo y como también sabemos todos, muchas empresas y emprendedores no han tenido más remedio que despedir a sus trabajadores, porque los ERTEs no han bastado en estas circunstancias tan difíciles.

¿Son válidos los despidos provocados por la crisis del COVID19?

 

Lo cierto es que, aunque la norma es muy clara… La jurisprudencia ha venido dictando sentencias muy dispares en los últimos meses:

  1. Existen sentencias que declaran el despido como NULO (link).

  2. Otras que lo declaran el despido como IMPROCEDENTE (link).

La diferencia entre un resultado u otro es radicalmente distinta.

Mientras el despido Improcedente el empresario puede optar por pagar la indemnización de 33/días por año o readmitir al trabajador.

La declaración de nulidad del despido, conlleva obligatoriamente la readmisión del trabajador y además, el pago de los salarios, desde la fecha de despido, hasta la fecha de sentencia.

La diferencia por lo tanto, es realmente importante, puesto que los salarios de tramitación pueden ser de entre 6 y 18 meses.

Por lo tanto y hasta que no se levante la prohibición de despedir impuesta por el Art. 2 del Real Decreto-Ley 9/2020, no parece muy recomendable llevar a cabo algún despido.

 

En el momento en el que se levante dicha prohibición, podremos entender que existen las causas económicas para el despido en dos casos:

  • Durante 3 trimestres consecutivos el nivel de ingresos / ventas disminuye con respecto al del mismo periodo del año anterior (en este caso se considera que hay disminución persistente).

  • Los resultados dan lugar a una situación económica negativa, tanto por pérdidas actuales o que puedan preverse.

La empresa que quiera aplicar el despido objetivo por causas económicas deberá acreditar debidamente su situación para demostrar y justificar la extinción del puesto de trabajo.

Esta demostración de la situación de la empresa debe realizarse por medio de un informe pericial.

¿En qué consiste el informe pericial en el despido por causas económicas?

Es la confirmación o no de que las cuentas de la sociedad cumplen los requisitos legales, y reflejan clara y fidedignamente, la situación económica y patrimonial de la empresa.

¿Qué debe hacer el perito para hacer su informe?

  1. Debe solicitar y obtener las cuentas anuales de, al menos, los dos últimos años.
  2. Solicitará el informe de auditoría, siempre que la empresa estuviera obligada a realizarla.
  3. Debe solicitar y obtener las cuentas provisionales de la sociedad hasta la fecha del despido.
  4. Debe solicitar y obtener el informe de gestión de la empresa, que contendrá el análisis de evolución prevista del negocio. En este informe se podrá ver cuál es la previsión de pérdidas futuras de la empresa y qué soluciones va a poner en marcha para mejorar su situación.

¿Qué debe hacer el perito para fundamentar el despido en el informe?

  1. Analizar minuciosamente la información facilitada.
  2. Extraer sus propias conclusiones en base a la información.
  3. Emitir su dictamen, en el sentido de demostrar con cifras si el despido está justificado.
  4. Demostrar que el despido, junto con el conjunto de medidas que la empresa vaya a implementar, servirán para sacar a la empresa de su situación de recesión y pérdidas.

En Herrero & Hidalgo estudiamos tu caso y te aconsejamos para solucionarlo de la mejor forma para ti.

Laura Herrero
Escrito por

Laura Herrero

Llevo más de 15 años como abogada laboralista y también he sido responsable de RRHH y Headhunter para otras empresas. Sé muy bien lo que necesitan tanto las empresas, como los trabajadores.